Quejas y apelaciones
Derecho a reclamar y revisión imparcial de decisiones
Las apelaciones cuestionan una decisión sobre un manuscrito; las quejas se refieren a conducta, demora, trato, conflicto, confidencialidad o aplicación de políticas. Deben formularse con hechos, argumentos y documentos, no mediante descalificaciones o presión.
La persona que revisa debe ser independiente de la decisión cuestionada. Si el caso involucra al editor en jefe, la entidad editora designa un responsable sin conflicto. Presentar una queja de buena fe no perjudica futuros envíos.
Presentación
Las quejas sobre conducta editorial y las apelaciones contra decisiones deberán enviarse por escrito, identificar el manuscrito, exponer motivos concretos y aportar documentación. El desacuerdo sin argumentos académicos no constituye una apelación suficiente.
Revisión independiente
La solicitud será examinada por el editor en jefe o por una persona no involucrada en la decisión cuestionada y sin conflicto de intereses. Se podrán consultar los informes, la correspondencia y las políticas aplicables.
Resultado
La revista confirmará, modificará o anulará la decisión y comunicará una respuesta motivada. Una apelación no garantiza nueva revisión. Las denuncias éticas seguirán procedimientos COPE y se protegerá la confidencialidad y la ausencia de represalias.
Diferencia entre queja y apelación
Una apelación cuestiona una decisión editorial concreta y debe demostrar un error factual, procedimental o interpretativo relevante. No sirve para sustituir el juicio científico por la preferencia del autor ni para exigir aceptación. Una queja se refiere a la conducta, demoras, trato, confidencialidad, conflictos o incumplimiento de una política.
La comunicación debe presentarse dentro de los 30 días calendario siguientes a la decisión o al conocimiento del hecho, salvo que la naturaleza ética justifique un plazo mayor. Se acusará recibo y se informará quién gestionará el caso y si se requiere información adicional.
Procedimiento
La primera revisión verifica competencia, documentación y posible conflicto. Si la queja involucra al editor en jefe, la entidad editora designará a una persona independiente. En apelaciones científicas se revisan el manuscrito, los dictámenes y la carta de decisión; puede solicitarse una evaluación adicional, pero no se repite automáticamente el arbitraje.
La revista procura emitir una respuesta motivada en un máximo de 30 días calendario desde que el expediente esté completo. Los casos complejos pueden requerir más tiempo; en tal situación se comunica el estado y una nueva fecha estimada. La decisión de la apelación es final dentro de la revista, sin impedir mecanismos institucionales o legales aplicables.
Protección e integridad
Las personas que presentan de buena fe una preocupación no sufrirán represalias editoriales. Las comunicaciones se limitan a quienes necesitan conocerlas y los datos se conservan conforme a la política de confidencialidad. Las denuncias manifiestamente abusivas, discriminatorias o reiterativas sin nueva evidencia pueden cerrarse mediante una decisión explicada.
Si la revisión identifica un error editorial, la revista lo corrige y documenta las medidas preventivas. Si revela posible mala conducta investigativa, el asunto se tramita conforme a la política ética y, cuando corresponda, se remite a la institución competente.
Procedimiento de aplicación
- Recibir la comunicación por el canal oficial y asignar número y fecha.
- Confirmar recepción e indicar información faltante.
- Determinar si se trata de apelación científica, queja de proceso o denuncia ética.
- Reunir manuscrito, dictámenes, decisiones, comunicaciones y políticas aplicables.
- Solicitar evaluación independiente o asesoría adicional cuando resulte necesaria.
- Emitir respuesta motivada dentro de 30 días desde que el expediente esté completo o informar una nueva fecha.
- Registrar el resultado y ejecutar cualquier corrección del proceso.
Evidencias de cumplimiento
- Solicitud original y documentación aportada.
- Declaración de independencia del responsable.
- Informe de revisión y decisión motivada.
- Registro de plazos, comunicaciones y medidas correctivas.
Separación entre apelación y denuncia ética
La apelación cuestiona una decisión editorial mediante argumentos comprobables sobre errores de procedimiento o valoración; no garantiza una nueva evaluación externa. Las denuncias de integridad se tramitan de forma separada y, cuando impliquen a la persona que adoptó la decisión, la revisión se asignará a un editor independiente. Toda resolución indicará fundamentos y cierre del expediente.
Seguimiento y revisión de la política
Una apelación puede confirmar, modificar o anular la decisión, pero no garantiza aceptación ni nueva revisión. Las solicitudes repetidas sin nueva evidencia pueden cerrarse. Los posibles asuntos éticos se separan de la apelación y se tramitan conforme a la política correspondiente.


